Tramos finales del juicio

El primer juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de la última dictadura en Rosario se acerca a su final. En la audiencia de este martes concluyó la etapa de las réplicas y dúplicas entre abogados defensores y querellantes. Al cierre de la jornada el Tribunal Oral Federal N°1 anunció que el próximo miércoles será la hora de “las palabras finales de los acusados”. “Luego de esas palabras finales de los represores sólo resta que el TOF1 comunique el día de la sentencia, que suponemos será a medidos de abril”, indicó Lucas Ciarniello, abogado de varias de las víctimas e integrante de la agrupación H.I.J.O.S.

En la audiencia del juicio contra los represores de la dictadura de Rosario de este martes, donde son juzgados los cinco integrantes del Batallón 121 del ejército, Pascual Guerrieri, Jorge Fariña, Juan Amelong, Walter Pagano y Eduardo Costanzo, no se soslayó la terrible noticia conocida el día anterior, cuando se difundió el asesinato de Silvia Suppo, la sobreviviente y testigo de la causa Brussa que apareció muerta con varias puñaladas en su negocio de artesanías en la ciudad de Rafaela.

La información que conmueve al país, fue introducida en la misma audiencia por la Fiscal Mabel Colalongo, quien sostuvo que no duda de que se debe considerar como central la hipótesis del atentado por su compromiso como testigo.

A su turno, la abogada de la Secretaría de DDHH de la Nación -querellante en la causa-, Ana María Figueroa, contestó las nulidades primero y las inconstitucionalidades planteadas por los defensores de los represores. La fiscalía y las otras querellas, ya habían realizado sus contestaciones en audiencias anteriores.

Figueroa hizo una introducción general con relación a las nulidades y rechazó una por una. Remarcó la contradicción en la defensa, en tanto que “por un lado admiten el plan sistemático y luego hacen los planteos que se hicieron en las nulidades”.

Luego de la exposición de la abogada de las Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, el tribunal convocó a los abogados de las víctimas a realizar las réplicas que tuvieran previstas. En ese sentido los únicas réplicas que se escucharon fueron intoducidas por los abogados de H.I.J.O.S. Rosario Álvaro Baella y Lucas Ciarniello.

Baella con respecto a la manifestación de reconocimiento que hizo Dri en la audiencia y respondiendo a lo dicho por uno de los defensores de los represores.

“Cuando el Señor Jaime Drí declaró en la audiencia e hizo lo que aquí, creo que con mucha creatividad, las querellas y la fiscalía han dado en llamar manifestación de conocimiento, en un momento cometió un equívoco y fue el público el que lo corrigió”, había dicho la abogada de oficio, Mariana Grasso, defensora de Guerrieri.

Baella le respondió: “No se entiende cómo las defensas que ahora argumentan que el público tuvo algún tipo de intervención en la medida, no lo advirtieron inmediatamente al tribunal –como sí hubiera sido acorde a la lógica más elemental sí fueron testigos de algo de tanta gravedad- e incluso pudiendo solicitar en forma inmediata ver la filmación de dicho momento así el tribunal podía confirmar dicha situación. Si algo han demostrado las defensas a lo largo de este juicio es su esmero y aplicación, resulta poco creíble que de haber advertido algo de tal magnitud no lo hubieran hecho saber inmediatamente al tribunal a efectos de que quedara asentado en el acta. No tenemos menos que colegir que están faltando a la verdad”.

Ciarniello contestó con relación a “la falta de legitimación activa” interpuesta por el Dr. Dorrondoro, también defensor de Guerrieri.
“La defensa del acusado Guerrieri -recordó Ciarniello- ha esgrimido la falta de legitimación activa de esta querella para poder solicitar al Tribunal la revocación de la prisión domiciliaria de su representado. E incluso fue más allá en su alegato, al decir que no nos asiste ni siquiera el derecho a ser oídos en cuestiones que tengan que ver con la libertad del imputado”.

Ciarnello respondió a continuación, en un muy extensa y fundamentada argumentación: “En primer lugar, y en directa oposición a lo argumentado por los defensores, consideramos que nuestra aptitud para intervenir en relación a este tema, encuentra su fundamento justamente en nuestro derecho a ser oídos en el proceso penal como verdaderos actores del mismo capaces de proporcionar elementos de convicción y de argumentar sobre ellos, tal como nos faculta el artículo 82 CPPN, que por otro lado no distingue qué tipo de elementos la querella puede proporcionar a la causa, y, por lo tanto, es razonable considerar incluidos aquellos vinculados, por ejemplo, con la autoría y materialidad ilícita del hecho, como también los relacionados con la libertad del imputado y como en este caso con la modalidad de cumplimiento de una condena. Este derecho a ser oídos, como todos los que le asisten a esta parte deben ser entendidos en el marco, no sólo en el derecho penal interno sino también en el derecho internacional de los derechos humanos, los que deben ser aplicados armónicamente, complementándose”.

Luego de un contrapunto entre uno de los abogados de los represores y los de HIJOS, que el tribunal resolvió en favor de estos últimos, el representante legal de Amelong, Héctor Galarza, planteó la necesidad de responder duplicas con relación a las inaprovechabilidades de las pruebas, pero el TOF1 se las negó por ya “haberse vencido el momento para hacerlas”.

Al cierre de la audiencia la presidenta interina del TOF1, Beatriz Caballero, anunció un receso en el juicio “hasta el miércoles 7 de abril a las 10 horas para las últimas palabras, donde se escuchará a los acusados como máximo durante 20 minutos”.



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